Como siempre pasa en Colombia, ciertos temas se ponen de moda cuando el Gobierno Nacional necesita ocultar detalles: cortinas de humo, les llaman algunos. Pues bien, desde hace unos días se ha vuelto a poner de moda el tema Garavito, así que la gente anda diciendo que está a punto de salir de la cárcel, por lo que empieza un pandemonio colectivo en el que todos claman que no suceda.
De modo que uno ve como hay publicidad viral en Internet sobre Garavito; todo mundo postea el programa de Pirry; aparecen cientos de cadenas diciendo lo mismo (afortunadamente no me he dejado llevar por la BlackBerry adicción); los noticieros le dan pantalla y para completar, todos tus amigos quieren hablar de lo mismo.
Yo, la verdad, me canso muy rápido de los temas virales, y más cuando son temas tan estúpidos como este. Además, los que me conocen saben cuanto me gusta llevar la contraria y, siendo realistas, me harta no tener argumentos para hacerlo.
Por eso decidí investigar en qué va, verdaderamente, el proceso (los procesos) de Garavito. Me fui para el edificio ubicado en la calle 11 con Carrera 10, lugar donde se encuentran los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá. Allí, luego de insistir e insistir ante varios jueces, por fin pude entrevistar a Martha Sánchez Vargas, Juez de Ejecución de Penas. No transcribiré la entrevista completa, puesto que en ella no nos limitamos a un único tema. A continuación, muestro lo referente a Garavito:
Sebas Luna: Últimamente hemos visto como la supuesta inminente salida de Garavito de la cárcel ha generado indignación en los ciudadanos y críticas al aparato jurisdiccional, pues consideran que aplica castigos muy blandos contra delincuentes que "no se arrepienten". ¿Qué tiene que decir a ello?
Martha Sánchez: Siempre he creído que hay temas que sirven para ocultar otros. Si se fija, empiezan a publicitar a Garavito por temporadas. Ahora, es triste ver como personas sin conocimiento de las ciencias jurídicas critican nuestro trabajo, cuando en realidad no saben que tenemos que hacer cumplir la ley, nos guste o no. Suelen olvidar aquella locución latina que dice "dura lex, sed lex". Es hasta irresponsable que los medios contribuyan a ello
S.L: Tiene razón. Estudio Derecho y entiendo lo que quiere decir. Pero ¿cómo se le explica al ciudadano de a pie que así son las cosas legales y que con Garavito no se puede hacer nada?
M.S: Pues bien, este es un punto al que quería llegar: Garavito aún no va a salir. Como ya se lo dije, la gente habla sin conocimiento de causa. A este delincuente aún le queda tiempo en la cárcel por purgar.
S.L.: ¿ O sea, que aún no va a salir libre?
M.S.: Se lo respondo con un ejemplo: supongamos que sale hoy de la cárcel, que cumple la pena que está pagando y le conceden la libertad. Pues bien, apenas reciba la boleta de libertad, estarán mis enviados esperándolo para traerlo a mi Despacho a que cumpla más penas. Mire, él aún tiene penas por cumplir. Conmigo tiene una de 12 años pendiente. Ahora bien, supongamos que no me lo entregan a mi. Detrás mío hay varios jueces de la mayoría de regiones del país que lo solicitan por lo mismo. Se lo digo con seguridad: aún le queda tiempo en la cárcel.
S.L.: Pero, ¿no se supone que los procesos se acumulan y paga por todos como si fuera uno solo?
M.S.: Si, pero no siempre. Es decir, los procesos no se acumulan porque sí. Es necesario cumplir ciertos requisitos, y Garavito no los cumple todos. Quiero decir, no todos los procesos de él están acumulados, por lo que aún le faltan muchos por cumplir.
S.L.: ¿Y si lo juzgan de nuevo no se viola el principio de Non Bis In Ídem?
M.S.: No. Para que se viole el Non Bis In Ídem debe tratarse de los mismos hechos y las mismas personas. Y los procesos a los que me refiero constan de víctimas distintas a aquellas por las que ya se le condenó, por lo que está abierta la posibilidad de muchas más condenas que no serán acumuladas. Por ello, cuando termina con unas, empieza a pagar la siguiente y así sucesivamente.
* Para aquellos que lo desconozcan, non bis in ídem (literalmente "No dos veces por lo mismo") es un principio de Derecho que establece que a nadie se le puede juzgar dos veces por lo mismo. Es decir, un caso cerrado no puede ser reabierto. Nota del autor. *
S.L.: Aclárenos algo: la pena máxima en Colombia es de 60 años. Si él purga una de, por ejemplo, 45 años y luego comienza una de 30, ¿no está pasando el tope?
M.S.: No, porque cada pena es independiente de la otra. Como los cargos no se le imputan en un mismo proceso, sino que son todos de diferentes casos, cada pena se contabiliza individualmente.
Terminó así la entrevista a la Juez Sánchez.
Evidentemente, queda demostrado que a Garavito le queda mucho tiempo en la cárcel, por lo que es falso decir que está a punto de quedar en libertad.
Con esto se le calla la boca a personajes como Gilma Jimenez, que con su populismo jurídico pretende aumentar su caudal electoral.
En una próxima entrega, analizaré porque es inviable la cadena perpetua para violadores de menores.
No sabia, que las penas no siempre se acumulaban
ResponderEliminarPruebas, pruebas
ResponderEliminarpruebas??? qué necesita probar??
ResponderEliminarInteresante, y me gusta que te fuiste hasta el fondo de la situación. y la pregunta de la pena máxima me saca de vacíos
ResponderEliminarSe sigue especulando que Garavito quedo libre, aqui los datos del proceso http://procesos.ramajudicial.gov.co/bogotapenas/adju.asp?cp4=11001310402020000033700&fecha_r=11/28/2011_5:22:14+PM LLGH
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